Sentencia G.M. vs. Z.J.A. s/ Especiales (Residual)

>Inicio             >Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación

          G.M. vs. Z.J.A. s/ Especiales (Residual)

SENTENCIA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SAN MIGUEL DE TUCUMAN, TUCUMÁN

14 de Octubre de 2015

SINTESIS

Uniones convivenciales. Corresponde dirimir el conflicto de competencia entre los tribunales de familia y los civiles y comerciales, a favor de este último fuero, planteado en razón de la acción por liquidación de una sociedad de hecho, que tuvo por causa la convivencia que mantuvo la actora con el demandado durante cinco años. Advierte que si bien la situación de hecho descripta y la pretensión deducida están comprendidas, a partir de la sanción del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, dentro de las uniones convivenciales, que habilita el reclamo de una compensación económica al cese de la convivencia ante los jueces de familia, la actora manifiesta que la convivencia transcurrió y cesó en forma anterior a la entrada en vigencia del nuevo ordenamiento. En consecuencia, teniendo en cuenta los antecedentes jurisprudenciales en la materia bajo la vigencia del anterior ordenamiento civil, la competencia corresponde al fuero civil y comercial común porque la cuestión suscitada es de índole patrimonial, originada en la posible existencia de una sociedad de hecho, o bien en la existencia de un condominio o comunidad sobre sus bienes.