Derecho Penal

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Ley 26.705

Modificación del Código Penal. Ley Piazza. Prescripción de los delitos de los artículos 119, 120, 124, 125, 125 bis, 128, 129 —in fine—, y 130 —párrafos segundo y tercero— del Código Penal

BUENOS AIRES, 7 de Septiembre de 2011. (BOLETÍN OFICIAL, 4 de Octubre de 2011)

Esta Ley, conocida como la Ley Piazza, modifica la prescripción — esto es, el tiempo que debe transcurrir desde cometido el hecho hasta que se considera extinta la posibilidad de accionar contra el autor y/o partícipe — en los delitos contra la integridad sexual en el caso de niños, niñas y adolescentes. La prescripción comenzará a correr desde el día que estos alcancen la mayoría de edad.

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Ley 25.087

Modificación del código penal. Delitos contra la integridad sexual: artículo 119 a 133.

BUENOS AIRES, 14 de Abril de 1999. (BOLETÍN OFICIAL, 14 de Mayo de 1999)

Esta norma sustituye el Título III del Libro II del Código Penal “Delitos contra la Honestidad”, por Delitos contra la Integridad Sexual. Este cambio implica un cambio de paradigma de la antigua concepción del daño al honor familiar – padre o marido – a la mujer como sujeto de derechos. Con ella se establecen los distintos tipos de hechos calificados como delitos contra la integridad sexual de las personas (violación, abuso sexual), y los agravantes por la condición de la víctima.

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Ley 24.660 

BUENOS AIRES, 19 de Junio de 1996. (BOLETÍN OFICIAL, 16 de Julio de 1996) (MODIFICADA POR LEY  26.695 BOLETÍN OFICIAL, 29 DE AGOSTO DE 2011 Y LEY 26.472 BOLETÍN OFICIAL, 20 DE ENERO DE 2009 )

En esta Ley se establece el régimen aplicable para las personas privadas de su libertad en el ámbito del territorio nacional; las obligaciones por parte de la administración penitenciaria respecto de los privados de libertad y los derechos y obligaciones de éstos. Específicamente, dispone de un régimen diferencial para mayores y jóvenes adultos y adultas, y establece medidas especiales para las mujeres y niños en contextos de encierro.

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Ley 24.453

Modificación del artículo 73 del código penal. Derogación del delito de adulterio

BUENOS AIRES, 8 de Febrero de 1995. (BOLETÍN OFICIAL, 07 de Marzo de 1995)

Esta norma deroga el artículo 118 del Código Penal que establecía como delito el adulterio, en su anterior redacción el adulterio era considerada un delito dentro del Título III del Libro II del Código Penal “Delitos contra la Honestidad” como una ofensa al honor del marido dentro del matrimonio.

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Ley 23.592

Penalización de actos discriminatorios.

BUENOS AIRES, 3 de Agosto de 1988. (BOLETÍN OFICIAL, 05 de Septiembre de 1988)

Esta Ley introduce una agravante en las escalas penales, si es que no estuviera ya contemplada, a quien impida, obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, y obliga al victimario dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionados.

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Código penal

Aborto: artículos 85 a 88

Los artículos 85 a 88 del Código Penal regulan el delito de aborto, entendido éste como la interrupción del embarazo con el resultado de la muerte del feto, ya sea practicado por la mujer o cualquier otra persona, con o sin consentimiento de la mujer; estableciendo sólo algunas causales para el aborto no punible.

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Ley 26.738

Delitos contra la Integridad Sexual. Modificación Código Penal. Derogación de la figura de avenimiento.

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