Jurídico
Dividiremos esta sección en tres categorías:
Definiciones
Conjunto o cuerpo de leyes por las cuales se gobierna un Estado o se regula una materia determinada. A estos efectos, debe entenderse por leyes no sólo en relación con las normas emanadas del Poder Legislativo, sino con el sentido más amplio de todas las normas rectoras del Estado y de las personas a quienes afectan y que han sido dictadas por la autoridad a quien esté atribuida esta facultad. Vgr. los decretos, reglamentos, ordenanzas, resoluciones, dictados por el Poder Ejecutivo, dentro de sus facultades constitucionales, así como de los organismos oficiales dependientes de él, formen parte de la legislación.
Se entiende por jurisprudencia la interpretación que de la ley hacen los tribunales para aplicar a los casos sometidos a su jurisdicción. Así pues, la jurisprudencia está formada por el conjunto de sentencias dictadas por los miembros del Poder Judicial sobre una materia determinada.
Doctrina:
Conjunto de tesis y opiniones de los tratadistas y estudiosos del Derecho que explican y fijan el sentido de las leyes o sugieren soluciones para cuestiones aún no legisladas. Tiene importancia como fuente mediata del Derecho, ya que el prestigio y la autoridad de los destacados juristas incluyen a menudo sobre la labor del legislador e incluso en la interpretación judicial de los textos vigentes.
(Ossorio, Manuel, Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales, 20a Ed. actualizada, corregida y aumentada por Guillermo Cabanellas de las Cuevas, Editorial Heliasta, Buenos Aires, 1992)