Fallo26
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JUZGADO DE FAMILIA N° 6
Córdoba
16 de Mayo 2018
AUTORIZA provisoriamente a la Sra. M.Y.S. para mudar el domicilio de las niñas M.L. y A.M.S. a la Ciudad de Villa Dolores.
RESUELVE:
Autorizar provisoriamente a la Sra. M.Y.S. para mudar el domicilio de las niñas M.L. y A.M.S. a la Ciudad de Villa Dolores. 2) Redefinir las pautas de contacto paterno filiales a fin de garantizar la continuidad del vínculo, fijando como régimen comunicacional a favor de las niñas y su progenitor, Sr. M.A.M. fin de semana de por medio en esta Ciudad de Córdoba.